JNE recibirá hasta este sábado solicitudes de inscripción de alianzas electorales para ERM 2026

El Jurado Nacional de Elecciones atenderá hasta las 23:59 horas del 17 de enero en Lima y regiones.

Elecciones 202616/01/2026Brian VargasBrian Vargas
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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que este sábado 17 de enero atenderá hasta las 23:59 horas para recibir las solicitudes de inscripción de alianzas electorales con miras a participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).

La atención se realizará en la Mesa de Partes presencial de la sede central en Lima y en las Oficinas Desconcentradas (OD) del JNE a nivel nacional, conforme al cronograma electoral aprobado mediante la Resolución N.º 0632-2025-JNE, modificada por la Resolución N.º 0003-2026-JNE.

De acuerdo con el cronograma oficial, el 17 de enero constituye el plazo límite para que las organizaciones políticas presenten este trámite ante la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP).

Las solicitudes podrán presentarse en la sede central del JNE, ubicada en el jirón Cusco N.º 653, Cercado de Lima, así como en las sedes de las OD en todos los departamentos del país y en la Provincia Constitucional del Callao.

De manera excepcional, el JNE precisó que la Mesa de Partes y Orientación de la OD Áncash, con sede en Chimbote, atenderá las solicitudes en el Jurado Electoral Especial del Santa, ubicado en Las Gavitas Mz. Z, Lt. 8, Nuevo Chimbote.

Según el artículo 15 de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley N.º 28094), las organizaciones políticas inscritas pueden conformar alianzas electorales bajo una denominación y símbolo común para participar en procesos de elección popular.

Para su inscripción, la alianza debe presentar ante la DNROP el acta de constitución y su reglamento electoral, documentos que deben contener información como el proceso electoral al que se postulan, órganos de gobierno, objetivos, normas de democracia interna y la designación de autoridades económicas y personeros.

Asimismo, la norma exige precisar la designación del tesorero, tesoreros descentralizados y la forma de distribución del financiamiento público directo que corresponda a la alianza electoral.

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