17/03/2026 | Brian Vargas
La Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual sancionó en segunda y última instancia administrativa a Scotiabank Perú con una multa de 10 UIT, equivalente a S/ 55 000, por vulnerar el deber de idoneidad al vender el vehículo de una consumidora mientras estaba en proceso de refinanciamiento de su crédito vehicular.
Según la Sala Especializada en Protección al Consumidor, el banco mantuvo comunicaciones y gestiones orientadas a reestructurar la deuda, lo que generó en la usuaria una expectativa legítima de que podría regularizar su situación bajo nuevas condiciones.
No obstante, la entidad financiera procedió a vender el automóvil sin informarle de manera clara y oportuna sobre dicha decisión, pese a que las negociaciones continuaban.
El caso se inició tras la denuncia de la afectada, quien había adquirido el vehículo mediante un crédito con garantía mobiliaria. Durante el proceso se comprobó que, aunque existía incumplimiento en el pago de algunas cuotas, el banco solicitó documentos para modificar la garantía, reforzando la idea de que el refinanciamiento seguiría su curso.
El Indecopi concluyó que las entidades financieras pueden ejecutar garantías ante deudas impagas, pero no pueden generar expectativas de refinanciamiento y luego adoptar decisiones contradictorias sin advertir previamente al consumidor.
La resolución también ordena que el banco pague las costas del procedimiento a favor de la denunciante y dispone su inscripción en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi. Además, se remitió copia del fallo a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP para las acciones correspondientes dentro de su ámbito de supervisión.