Socabaya: Decomisan cerca de 8 kilos de carne de lagarto en restaurante amazónico

Arequipa02/09/2025 Entérate AQP
carne de lagarto

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) junto a la Unidad Desconcentrada de Medio Ambiente de la Policía Nacional del Perú, decomisaron carne de lagarto (Melanosuchus sp.) que se encontraba en posesión de un restaurante, ubicado en el distrito de Socabaya de la ciudad de Arequipa. 

La alerta fue identificada a través de vídeos en TikTok, donde el restaurante mostraba la carne y promocionaba la visita al establecimiento. En el momento de la intervención, se logró encontrar cinco trozos de este animal, que juntos pesaban casi ocho kilos. Por lo que se presume, la carne de este reptil era utilizada para la preparación de platos de la selva amazónica del Perú. 

tienda amazonica

El consumo de carne silvestre en general está prohibido, porque la caza indiscriminada para el consumo masivo puede provocar la extinción de la especie. Los lagartos son depredadores que permiten controlar la sobrepoblación de otras especies. Su disminución por la caza afecta directamente estas funciones ecológicas, lo que puede generar desequilibrios en el ambiente y, a largo plazo, impactar también en las actividades humanas que dependen de un ecosistema saludable.
 
Por otro lado, consumir carne de origen silvestre implica el riesgo de zoonosis, es decir, de poder adquirir enfermedades que se transmiten de animales a seres humanos poniendo en riesgo la salud de la población y del medio ambiente.

La infractora será sometida a proceso administrativo sancionador por cometer una falta muy grave, de acuerdo al Decreto Supremo 007-2021-MIDAGRI, tras poseer partes de un espécimen de fauna silvestre de manera ilegal por lo que deberá pagar una multa correspondiente a los lineamientos de gradualidad de acuerdo a ley.

Cabe recordar que comprar, ofrecer para la venta, vender, almacenar, poseer especímenes, productos y/o subproductos de fauna silvestre de origen ilegal es establecido como una infracción muy grave y se sanciona con multas que fluctúan entre 10 y 5000 UIT, de acuerdo a la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

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