SBS interviene cooperativa La Solución de Arequipa y disuelve ocho más por inactividad

Nacional15/09/2023Brian VargasBrian Vargas
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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha intervenido la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Solución de Arequipa debido a la pérdida total de su capital social y ha decretado la disolución de ocho cooperativas adicionales por inactividad en el mismo distrito. En virtud del reglamento, cuando las Coopac de Nivel 1 o 2 no presentan sus estados financieros a la SBS, esta tiene la facultad de declarar su disolución y designar a un administrador temporal que asumirá la representación de las cooperativas.


Las cooperativas disueltas son las siguientes:

1. Cooperativa de Ahorro y Crédito Negocios

2. Cooperativa de Ahorro y Crédito De los Trabajadores de Productos Avon

3. Cooperativa de Ahorro y Crédito De los Colaboradores de Natura Cosméticos

4. Cooperativa de Ahorro y Crédito Credialtoque Perú Limitada

5. Cooperativa de Ahorro y Crédito Cash Global del Perú

6. Cooperativa de Ahorro y Crédito Ayni

7. Cooperativa de Ahorro y Crédito Eurocredit Limitada

8. Cooperativa de Ahorro y Crédito San Antonio


El proceso de disolución no pone fin a la existencia legal de las cooperativas, que continúan hasta que se complete el proceso liquidatorio o la quiebra y se registre su extinción en el Registro Público correspondiente.


La Cooperativa de Ahorro y Crédito La Solución de Arequipa fue intervenida debido a la pérdida total de su capital social y la reserva cooperativa. Vanessa Pajuelo Mamani y Gisela Rosa Neyra Quispe fueron designadas como interventoras para llevar a cabo esta tarea.


Las otras ocho cooperativas, que se encontraban inactivas y no presentaron sus estados financieros, también tendrán administradores temporales asignados para representar sus intereses durante el proceso de disolución.


Además, se han impuesto restricciones, incluida la prohibición de iniciar procesos legales o administrativos para el cobro de acreencias, la ejecución de resoluciones judiciales en su contra, constituir gravámenes sobre sus bienes en garantía de obligaciones y realizar pagos, adelantos o compensaciones con los fondos o bienes que les pertenezcan.

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