Personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad de peluquería pagarán 8% de IGV
Nacional05/07/2024Brian VargasCon 15 votos a favor, 8 en contra y 3 abstenciones, la Comisión Permanente aprobó, en segunda votación, el dictamen que establece una tasa especial del Impuesto General de las Ventas (IGV) del 8 %, denominado «Re-corte Tributario», para las personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad de peluquería y otros tratamientos de belleza.
Esta iniciativa legislativa recaída en los proyectos de ley 4450/2022-CR y 6611/2023-CR tiene como finalidad apoyar la formalización y reactivación económica de este segmento económico empresarial.
El presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, César Revilla Villanueva (FP), agregó que su aplicación está vinculada a ciertos objetivos como el desarrollo de algunas regiones, la promoción de algunos sectores económicos, en este caso, al sector peluquería y centros de belleza, la generación de empleo y el fomento de la inversión extranjera y nacional.
Cabe precisar que la primera votación de este dictamen se dio en la sesión del Pleno del Congreso realizada el pasado 12 de junio.
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Solo recuerdo que cuando terminó la película dije: "yaaa???", "eso???"