

ONPE propone reglas claras para recuento de votos en procesos electorales
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha enviado al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) una propuesta que busca incluir mecanismos legales para el recuento de votos en los procesos electorales. El objetivo es corregir errores en las actas de sufragio y fortalecer la confianza en los resultados.
La iniciativa surge tras la reforma del artículo 300 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), que establece que las cédulas de sufragio no impugnadas deben conservarse por la ONPE durante un mínimo de 90 días después de las elecciones. Aunque esta disposición incrementa los costos de los procesos electorales, la ONPE la respalda, señalando la necesidad de definir el uso de las cédulas conservadas.
La propuesta plantea que el recuento de votos proceda en los siguientes casos:
Errores materiales: Cuando un acta presente errores de cálculo que puedan corregirse para evitar su nulidad.
Actas incompletas o ilegibles: Si los datos son insuficientes o no legibles y no pueden ser verificados mediante otras copias del acta.
Falta de actas: En ausencia de todas las copias, se utilizarían las cédulas de sufragio para reconstruir el acta correspondiente.
El proceso sería llevado a cabo por personal de la ONPE en un acto público, garantizando medidas de seguridad y transparencia, y con la participación del JNE y de los personeros de las organizaciones políticas. Tras el recuento, se elaboraría una nueva acta definitiva, contra la cual no se admitirían recursos.



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