

Con el inicio del año escolar 2025 a la vuelta de la esquina, el Indecopi, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, ha aclarado que los colegios privados pueden incrementar las pensiones escolares, siempre que dicha subida sea informada de manera previa a los padres de familia.
Según el Indecopi, los colegios deben proporcionar a los padres de familia, de manera escrita, la información detallada sobre las condiciones económicas del servicio educativo. Esto incluye el monto y las fechas de pago tanto de la matrícula como de las pensiones mensuales, así como cualquier posible incremento en estos montos. La información debe ser entregada a los padres al menos 30 días calendario antes de la culminación del año lectivo y, en caso de ser necesario, 30 días antes de iniciar el proceso de matrícula para el siguiente año escolar.
Además, el Indecopi explicó que los colegios privados tienen la obligación de proporcionar información histórica sobre el monto de las pensiones, matrícula y cuotas de ingreso de los últimos 5 años. Si el colegio tiene menos de cinco años de funcionamiento, esta información deberá abarcar todos los años desde que el colegio comenzó a prestar servicios educativos.
El organismo también destacó que solo tres tipos de cobros están permitidos: la cuota de ingreso, que se cobra una sola vez; la matrícula, que se paga al inicio del año escolar y cuyo monto no puede exceder el valor de una pensión mensual; y la pensión de enseñanza, que se cobra de manera mensual por los servicios educativos. Es importante señalar que el cobro adelantado de pensiones está prohibido.



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