
Publican ley que exime de responsabilidad a quien ejerza legítima defensa
Nacional16/05/2024

El Congreso de la República ha promulgado una nueva ley que exime de responsabilidad a quienes ejerzan legítima defensa, eliminando también la posibilidad de detención preventiva en estos casos. La Ley 32026, publicada hoy en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano, introduce modificaciones significativas al Código Penal y al Código Procesal Penal.
La ley modifica el numeral 3 del artículo 20 del Código Penal, estableciendo que quienes actúen "en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros, con uso de la fuerza, incluido el uso de la fuerza letal" no serán responsables penalmente. Esta exención de responsabilidad se aplica siempre que se haya producido una agresión y se considere que hubo "necesidad racional" en el uso del medio de defensa.
Importante en esta valoración es que no se aplicará el criterio de proporcionalidad, sino que se evaluará "la intensidad y peligrosidad de la agresión, la forma de proceder del agresor y los medios disponibles para la defensa". Además, se tendrá en cuenta "la situación de peligro inminente y necesidad de proteger la vida o integridad propia o de terceros" en escenarios de irrupción, ingreso violento o subrepticio en inmuebles, vehículos u otros medios.
La ley también modifica el artículo 268 del Código Procesal Penal, especificando que "no procede la prisión preventiva en los casos de inminente aplicación de la legítima defensa propia o de tercero conforme a ley", excepto cuando existan antecedentes o pruebas concluyentes que justifiquen la existencia de un delito o una sentencia firme condenatoria.
Asimismo, el artículo 21 del Código Penal se modifica para establecer que, si una persona usa un arma de fuego registrada a su nombre para repeler una agresión ilegítima, esta será incautada dentro de las 48 horas necesarias para las investigaciones preliminares bajo responsabilidad de la autoridad.


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