Retiro de AFP: Poder Judicial podrá retener el 30% a padres que no pasen pensión a hijos

Dicho monto será retenido y destinado a favor de los hijos cuyos gastos no vienen siendo cubiertos por el progenitor

Nacional 22/05/2024 Brian Vargas Brian Vargas
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A pesar de la protección legal que tienen los fondos de pensiones de AFP contra descuentos, existe una excepción importante que afecta a ciertos tipos de deudas, como las alimentarias. En estos casos, hasta un máximo del 30% del monto retirado puede ser retenido, ya sea por orden judicial o por acuerdo entre las partes involucradas.

Vicky Távara Cavero, jefa de la Oficina del Registro Nacional Judicial (Renaju), explicó que mediante una demanda de alimentos, se puede retener el 30% del retiro de la AFP en beneficio de los hijos cuyos gastos no están siendo cubiertos por el progenitor.

Távara Cavero destacó que este mandato judicial debe ser cumplido, incluso si el demandante se niega a retirar el monto. "Si el juez lo dispone en su sentencia, el 30% de esa suma será retenido para cubrir la deuda alimentaria", afirmó.

Esta medida busca principalmente proteger los derechos de los menores, aseguró la jefa del Renaju. "Lo que se busca es emitir sentencias a favor del menor", subrayó.

Además, Távara Cavero resaltó la importancia de la reciente modificación del Código Procesal Civil, que permite al juez de familia acceder en línea a información sobre la capacidad económica de los demandados. Esta herramienta facilitará los procesos de alimentos y garantizará una protección más efectiva de los derechos de los menores.

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